Planificación y presentación de informes

Planes de aplicación

Los Estados miembros y la Unión Europea deben desarrollar planes, explicar cómo van a aplicar las obligaciones que emanan del Convenio de Estocolmo y esforzarse por llevar a la práctica dichos planes. Los planes nacionales de aplicación (PNA) se revisan y se actualizan periódicamente para reflejar las modificaciones introducidas en el Convenio. Los planes nacionales de aplicación iniciales y las actualizaciones sucesivas se publican en la página web del Convenio de Estocolmo.

Informes sobre la vigilancia de la aplicación

Los Estados miembros deben elaborar un informe que contenga información sobre el seguimiento de la aplicación del Reglamento (UE) 2019/1021, de 20 de junio de 2019, sobre contaminantes orgánicos persistentes (Reglamento COP), tal como se especifica en su artículo 13, apartado 1, y facilitar a la Comisión y a la ECHA acceso a la información que contenga.

Sobre la base de la información presentada por los Estados miembros, la ECHA elabora y publica un resumen a escala de la Unión.

Los Estados miembros deben actualizar anualmente sus informes nacionales en la medida en que se disponga de nuevos datos o información y, de otro caso , al menos cada tres años. La ECHA actualiza periódicamente el resumen a escala de la Unión para incorporar la nueva información recibida por los Estados miembros, o tras la recepción de una solicitud de la Comisión.

¿Qué información se incluye en los informes?

  • Restricciones a la fabricación, comercialización y uso de determinadas sustancias y existencias de contaminantes COP.
  • Información sobre la aplicación del Reglamento COP, incluidas las actividades de ejecución, las infracciones y las sanciones.
  • Información sobre emisiones al medio ambiente de contaminantes COP peligrosos no producidas intencionadamente.
  • Información sobre las exenciones concedidas por los Estados miembros para el tratamiento de los residuos de COP (artículo 7, apartado 4, letra b), inciso (iv)
  • Información sobre la aplicación del Reglamento COP, de acuerdo con los planes nacionales de aplicación

Resumen a escala de la Unión

El Resumen a escala de la Unión ha sido elaborado por la ECHA, en consonancia con los requisitos establecidos en el artículo 13, apartado 2, del Reglamento COP. Los datos que figuran en el resumen a escala de la Unión corresponden al periodo correspondiente a partir de 2019. La información sobre años anteriores se notifica de acuerdo con el artículo 12 del Reglamento (CE) nº 850/2004 en forma de informes de síntesis. Los vínculos a los informes de síntesis se encuentran disponibles en el resumen a escala de la Unión.

Informes de los Estados miembros

Los informes de los Estados miembros han sido elaborados en consonancia con los requisitos establecidos en el artículo 13, apartado 1, del Reglamento COP El informe de cada Estado miembro particular se basa en información recopilada por dicho Estado miembro. La ECHA no asume ninguna responsabilidad, ni obligación de ningún tipo, por la exactitud, la integridad o la fiabilidad de la información proporcionada en estos informes individuales. La publicación de los informes corre a cargo de la ECHA, previo acuerdo con las autoridades competentes del Estado miembro que hubiera facilitado la información contenida en los informes.

POPS MS reports list