- ECHA
- Apoyo
- Fases del registro
- 4. Evaluar el riesgo y el riesgo
- Requisitos de información: 1 a 10 toneladas por año
Requisitos de información: 1 a 10 toneladas por año
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4. Evaluar el riesgo y el riesgo
- Requisitos de información: 1 a 10 toneladas por año
- Requisitos de información: 10 a 100 toneladas por año
- Requisitos de información: 10 a 1 000 toneladas por año
- Requisitos de información: 1 000 o más toneladas por año
- Adaptación de los requisitos de información estándar
- Cómo evitar los ensayos innecesarios en animales
- Estrategia para recopilar datos
Requisitos de información: 1 a 10 toneladas por año
Para registrar una sustancia en el intervalo de 1 a 10 toneladas, debe facilitar la información especificada en la columna 1 del Anexo VII del Reglamento REACH, incluidos determinados datos fisicoquímicos, información toxicológica y ecotoxicológica, excepto que el requisito no se aplique a su sustancia. En la columna 2 se especifican las posibilidades de adaptación para las propiedades específicas. El conjunto de información normalizada requerido también puede adaptarse según las reglas generales que constan en el Anexo XI.
También rige la obligación de preparar una propuesta de ensayo cuando los posibles solicitantes de registro, a consecuencia de la aplicación de las normas de la columna 2 de los anexos, proponen los ensayos (de nivel superior) de los Anexos IX o X como alternativa a los requisitos estándar de los Anexos VII y VIII.
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