Revise la clasificación

Recuerde que es posible que la clasificación de una mezcla se deba revisar por muchos motivos.

 

Cambios en la clasificación armonizada de las sustancias que la componen.

La clasificación y el etiquetado armonizados de las sustancias que figuran en el anexo VI del  CLP pueden modificarse cuando se disponga de nueva información revisada. Estos cambios introducidos en la clasificación armonizada,  que se deben adoptar tras un periodo de transición, por lo general de dieciocho meses después de su publicación en el boletín oficial de la Unión Europea, pueden afectar la clasificación de su mezcla.

Además, al examinar los datos disponibles relativos a la clasificación, es posible que detecte ciertos aspectos que aún se estén debatiendo. Por ejemplo, se ha presentado una propuesta para clasificar y etiquetar una sustancia, pero todavía no se ha decidido su clasificación y etiquetado armonizados ni se han incluido en la parte 3 del anexo VI del CLP; o una sustancia tiene varias entradas diferentes en el Catálogo de clasificación y etiquetado y hay un debate abierto, o es previsible que lo haya, para llegar a un acuerdo sobre su clasificación. Estas circunstancias indican que posiblemente pronto se modifique la clasificación de la sustancia. En ese caso es preciso que se mantenga informado, consultando periódicamente las modificaciones publicadas del Reglamento CLP (Adaptaciones al Progreso Técnico, ATP), las entradas pertinentes en el Catálogo de clasificación y etiquetado y los dictámenes pertinentes de los comités técnicos y científicos (en especial las opiniones del Comité de Evaluación de Riesgos de la ECHA).

 

Cambios de clasificación en la ficha de datos de seguridad de su proveedor

Cuando su proveedor haya cambiado la clasificación de una sustancia o mezcla que usted use o importe, usted está obligado a volver a evaluar la clasificación de la mezcla que formula o importa.

 

Cambios en la mezcla

Cuando un formulador residente en la UE/EEE o el fabricante de una mezcla importada que no reside en la UE/EEE introduce un cambio, debe realizarse una nueva evaluación. Un cambio en la clasificación puede originarse por:

a.     Un cambio en la concentración de uno o más constituyentes peligrosos (ver la tabla 1.2 que figura en el anexo I del  CLP).

b.    Un cambio en la composición que suponga la sustitución o la adición de uno o más constituyentes.

c.     Una variación importante entre un lote y otro puede requerir una nueva evaluación de la clasificación. Las variaciones pequeñas no afectan necesariamente a la clasificación. La necesidad de una nueva evaluación se explica en el capítulo 1.6.3.2.2 del Documento de orientación sobre la aplicación de los criterios CLP (Principios de extrapolación: producción en lotes)

 

Nueva información sobre las sustancias

El proceso de registro de conformidad con el Reglamento REACH exige una recopilación y generación exhaustiva de información sobre las sustancias. Como resultado, se ha originado un aumento considerable de la información disponible y, por lo tanto, con frecuencia es necesario revisar la clasificación y el etiquetado de las mezclas que contienen esas sustancias.

 

Cambios de criterio

El cambio en la clasificación de una mezcla también se puede producir por modificaciones en la legislación, en especial por modificaciones en los criterios de clasificación causados por una adaptación del CLP a un progreso técnico (ATP). Estos cambios introducidos en los criterios del CLP deben adoptarse tras un periodo de transición que, por lo general, es de dieciocho meses después de su publicación en el boletín oficial de la Unión Europea.

Como usted está obligado a adaptar la clasificación de su mezcla de conformidad con el resultado de la nueva evaluación y también a actualizar la etiqueta y la ficha de datos de seguridad lo antes posible, asegúrese de mantenerse al corriente de la información nueva y los cambios legislativos que puedan surgir. También debe establecer un plan para responder a las novedades relativas a la clasificación y el etiquetado sin retrasos injustificados.