Comerciante de sustancias químicas muy peligrosas

¿Importa sustancias químicas prohibidas o altamente restringidas en la UE?

Podría tratarse de sustancias químicas industriales, productos fitosanitarios o biocidas importados en forma de sustancias, mezclas o artículos. En ese caso, puede que deba cumplir los requisitos del Reglamento de Consentimiento Informado Previo (PIC). 

De ser así, debe:

  • Asegurarse de que la importación está permitida de conformidad con la legislación aplicable (por ejemplo, REACH, Reglamento de Biocidas, el Reglamento para Productos Fitosanitarios, las leyes nacionales, etc.)
  • Comunique las cantidades importadas a la autoridad competente en la UE

Compruebe si la sustancia química está incluída en el apartado correspondiente a sustancias químicas del Reglamento PIC.

¿También exporta fuera de la Unión Europea?

Si alguna de sus sustancias químicas, productos fitosanitarios o biocidas está prohibido o altamente restringido en la UE, es muy probable que esté sujeto a los requisitos contemplados en el Reglamento PIC. Esto significa que debe notificar a la ECHA su exportación (tanto como sustancias o mezclas/artículos) y, en algunos casos, obtener el consentimiento informado previo (PIC) del país importador. 

Compruebe si la sustancia química está incluída en el apartado correspondiente a sustancias químicas del Reglamento PIC.