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- REACH
- Sustancias de la lista de sustancias candidatas en artículos
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Notificación de sustancias en artículos
Notificación de sustancias en artículos
Los productores e importadores tendrán que notificar a la ECHA las sustancias enumeradas en la Lista de sustancias candidatas presentes en sus artículos, si se cumplen las dos condiciones siguientes:
- La sustancia está presente en sus artículos en cuestión por encima de una concentración de 0,1% peso a peso.
- La sustancia está presente en estos artículos en una cantidad total superior a una tonelada anual.
Las empresas deberán notificar la inclusión de la sustancia en la lista de sustancias candidatas a más tardar en el plazo de seis meses.
Exenciones
Existen dos casos en que no es necesaria la notificación.
- El productor o importador de un artículo puede excluir la exposición de las personas y el medio ambiente a la sustancia durante condiciones normales o razonablemente previsibles de uso del artículo, incluido su desecho. En estos casos, los productores e importadores darán las instrucciones adecuadas al destinatario del artículo.
- La sustancia ya ha sido registrada por un fabricante o importador en la UE para ese uso.
Base legal
Artículo 7, apartado 2 del Reglamento REACH.