Información anual sobre las exportaciones e importaciones de productos sometidos al Reglamento PIC

Durante el primer trimestre de cada año, los exportadores e importadores de sustancias químicas PIC deberán facilitar a las autoridades nacionales designadas de su Estado miembro (DNA) información sobre las cantidades exactas del producto químico (en forma de sustancia e incluido en mezclas o en artículos) enviado a o desde cada país tercero durante el año anterior. Así es de conformidad con el Artículo 10 del Reglamento (UE) 649/2012 y con el artículo 9 de los anteriores reglamentos PIC (Reglamento (CE) No 304/2003 y Reglamento (CE) No 689/2008)

 

Reports on PIC chemicals exported and imported under Regulation 649/2012

2022

2021

2020

2019

2018

2017

2016

2015

2014

 

 Reports on PIC chemicals exported and imported under Regulation 689/2008

 

Reports on PIC chemicals exported and imported under Regulation 304/2003